Facture con Verifactu sin cambiar su forma de trabajar
CoreGest genera los registros de facturación, el código QR y el envío a la AEAT de forma automática. Usted sigue facturando como siempre; nosotros nos ocupamos de que cumpla.
Qué exige la norma
Lo que hace su software para cumplir Verifactu
El Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 fijan cómo deben comportarse los programas de facturación. CoreGest lo resuelve de serie.
Registro de cada factura
Al emitir (o anular) una factura se genera un registro de facturación con su huella o hash, encadenado con el anterior para que no pueda alterarse sin dejar rastro.
Código QR en la factura
Cada factura impresa o en PDF incluye el código QR y la leyenda que permiten al cliente comprobarla en la sede de la AEAT.
Envío a la AEAT
En modalidad VERI*FACTU los registros se remiten automáticamente a la Agencia Tributaria. Usted no tiene que hacer nada más.
Sin facturas «borrables»
Las rectificaciones se hacen con facturas rectificativas y anulaciones registradas, nunca editando o eliminando lo ya emitido.
Calendario
¿Cuándo le toca?
Fechas del Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda ha anunciado que quiere aplazarlas a octubre de 2028; mientras no se publique en el BOE, legalmente siguen siendo estas. Sea cual sea la fecha final, con CoreGest no tendrá que cambiar nada.
Si su empresa ya está en el SII, Verifactu no le aplica.
Fabricantes de software
Los programas que se comercializan deben estar ya adaptados al Reglamento.
Sociedades
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
Resto de obligados
Autónomos (IRPF) y demás contribuyentes que facturan con un programa informático.
Aplazamiento previsto
Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazar las dos fechas anteriores a octubre de 2028, junto con la factura electrónica de las pymes. Aún no está en el BOE.
CoreGest
Mucho más que cumplir: un programa de gestión completo
Verifactu es la excusa perfecta para ordenar toda la gestión. CoreGest une ventas, compras, almacén, cobros y contabilidad en un solo sitio.
- Presupuestos, pedidos, albaranes y facturas enlazados entre sí
- Facturas rectificativas y anulaciones registradas correctamente
- Factura electrónica en formato Facturae y firma digital
- Remesas de cobro y pago en formato SEPA
- Paso automático de la facturación a la contabilidad
- Migración de datos desde su programa actual
Verifactu
Preguntas frecuentes
¿No encuentra su pregunta? Llámenos o escríbanos y se lo explicamos con su caso concreto.
Hacer una consulta¿Qué es Verifactu?
Es el nombre con el que se conoce el Reglamento que regula los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023, desarrollado por la Orden HAC/1177/2024). Obliga a que los programas de facturación garanticen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, y permite remitirlos a la AEAT en tiempo real (modalidad VERI*FACTU).
¿Desde cuándo es obligatorio?
Según el calendario vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025: desde el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto. Hacienda ha anunciado su intención de revisar de nuevo estas fechas; hasta que se publique en el BOE, son las que rigen. Le recomendamos consultar siempre la sede de la AEAT.
¿Me afecta si estoy en el SII?
No. Las empresas que llevan sus libros a través del Suministro Inmediato de Información (SII) quedan fuera del ámbito de Verifactu, porque ya remiten sus registros de facturación a la AEAT.
¿Tengo que cambiar mi forma de facturar?
En el día a día, apenas. Usted sigue haciendo presupuestos, albaranes y facturas como siempre; el programa se encarga del registro, el QR y el envío. Lo que cambia es que ya no se pueden modificar ni borrar facturas emitidas: se corrigen con rectificativas.
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica?
No. Verifactu regula cómo se registran las facturas en su programa y su comunicación a Hacienda. La factura electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece) regula el intercambio de facturas en formato electrónico estructurado con sus clientes: será obligatoria desde octubre de 2027 para empresas de más de 8 millones de euros y desde octubre de 2028 para el resto. CoreGest contempla las dos cosas.
Uso otro programa, ¿pueden ayudarme?
Sí. Podemos migrar sus clientes, artículos y pendientes a CoreGest para que facture con un sistema adaptado, o estudiar si su programa actual puede conectarse con el nuestro.
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